Divorcio en Argentina: guía legal completa sobre separación, bienes, hijos y derechos
1. ¿Qué es el divorcio y en qué consiste?
El divorcio es el proceso legal mediante el cual se disuelve el vínculo matrimonial.
En la Argentina, a partir de la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación en el año 2015, el divorcio es de carácter unilateral y no requiere expresión de causa ni atribución de culpa.
Esto significa que cualquiera de los cónyuges puede solicitarlo en cualquier momento, sin necesidad del consentimiento del otro ni de justificar los motivos. Esta modificación legislativa refuerza la autonomía personal y el derecho a decidir libremente sobre la propia vida sin injerencias estatales indebidas.
La sentencia de divorcio conlleva necesariamente el abordaje de las demás cuestiones derivadas del vínculo matrimonial, tales como la disolución de la comunidad de bienes, si existiera, y el establecimiento del régimen de responsabilidad parental respecto de los hijos menores, si los hubiere.
2. ¿Quién puede pedir el divorcio y cuándo?
Cualquier persona casada puede iniciar el trámite de divorcio en cualquier momento. La ley no establece plazos mínimos de duración del matrimonio para solicitarlo. Tampoco exige el consentimiento mutuo. El divorcio puede ser solicitado:
· Por ambos cónyuges de manera conjunta, presentando una propuesta común de regulación de los efectos del divorcio (división de bienes, alimentos, cuidado de los hijos, etc.).
· Por uno solo de los cónyuges, acompañando una propuesta reguladora. En este caso, el otro cónyuge será notificado para contestar la demanda y eventualmente presentar su propia propuesta.
En ningún caso el juez puede rechazar el pedido de divorcio, aunque sí puede rechazar la propuesta reguladora si considera que no respeta los derechos de los hijos o de la otra parte.
3. ¿Cómo se tramita el divorcio?
El procedimiento es judicial. Se presenta una demanda ante el fuero de familia correspondiente, acompañada de:
· Partida de matrimonio actualizada.
· Partida de nacimiento de los hijos menores, si los hay.
· Propuesta reguladora de los efectos del divorcio (art. 438 CCCN).
Luego, el juez analiza la admisibilidad formal de la demanda. Si hay acuerdo entre las partes, se homologa la propuesta. En caso de desacuerdo, el juez puede convocar audiencias para llegar a un acuerdo o, eventualmente, dictar sentencia sobre los efectos no consensuados.
El divorcio en sí mismo no requiere prueba ni discusión sobre culpabilidades. Lo que se discute (si no hay acuerdo) son los efectos patrimoniales y personales derivados.
4. ¿Qué sucede con los hijos tras el divorcio?
El divorcio no afecta la responsabilidad parental. Ambos progenitores siguen siendo responsables por el cuidado, educación y manutención de sus hijos. Se deben acordar tres cuestiones fundamentales:
· Cuidado personal: puede ser compartido o unilateral, según lo que sea más conveniente para el interés del niño;
· Régimen de comunicación: garantiza el derecho del hijo a mantener contacto con ambos progenitores;
· Alimentos: ambos progenitores tienen obligación de sostener económicamente a sus hijos.
El juez siempre debe velar por el interés superior del niño, aún por encima de los acuerdos de los padres.
5. Aspectos clave a considerar tras el divorcio
a) Régimen de bienes: gananciales y propios
Durante el matrimonio rige, salvo pacto en contrario, el régimen de comunidad de bienes. Esto implica:
· Son bienes gananciales todos los que se adquirieron a título oneroso durante el matrimonio (autos, casas, dinero, muebles, inversiones), aunque estén a nombre de uno solo.
· Son bienes propios los adquiridos antes del matrimonio, los recibidos por herencia o donación, y los bienes personales de uso exclusivo (ropa, objetos de uso personal).
Al momento del divorcio, los bienes gananciales deben dividirse en partes iguales (50% para cada cónyuge), conforme a los arts. 488 a 508 CCCN.
b) Alimentos entre cónyuges
El divorcio pone fin al deber alimentario entre los cónyuges. Sin embargo, uno de ellos puede solicitar alimentos si demuestra una situación de necesidad derivada directamente del matrimonio (por ejemplo, haber dejado de trabajar por decisión conjunta). Estos alimentos pueden ser temporarios y se fijan en función de las posibilidades del obligado (art. 432 CCCN).
c) Compensación económica
Está regulada por el art. 441 CCCN. Puede solicitarla el cónyuge que, como consecuencia del divorcio, sufre un desequilibrio económico manifiesto, implicando un empeoramiento respecto de la situación que tenía durante el matrimonio.
Ejemplo típico: quien dejó de trabajar para cuidar hijos o sostener el hogar, y queda sin recursos tras el divorcio.
La compensación puede consistir en una suma de dinero, una renta o la atribución de bienes, y debe reclamarse en el proceso de divorcio o dentro de los seis meses siguientes a la sentencia.
d) Uso de la vivienda familiar
El juez puede asignar el uso de la vivienda familiar a uno de los cónyuges, especialmente si hay hijos menores de edad, si existe una situación de vulnerabilidad o si uno no tiene posibilidad de acceder a otra vivienda (art. 443 CCCN). Esta medida puede ser temporal o por un plazo razonable, y debe ser solicitada con fundamento.
e) Comunicación con los hijos
El régimen de comunicación se establece para garantizar el contacto fluido y afectivo de los hijos con ambos padres. Puede acordarse entre las partes o ser determinado por el juez. Es un derecho de los hijos y una obligación de los progenitores.
f) Cuestiones impositivas y registrales
Tras el divorcio, debe notificarse la disolución del matrimonio a los registros civiles y de la propiedad correspondientes, a efectos de actualizar los datos patrimoniales y de estado civil.
6. Conclusión
El divorcio es un derecho personal que puede ejercerse en cualquier momento y sin necesidad de acuerdo ni causa. Si bien pone fin al vínculo legal entre los cónyuges, no extingue derechos ni responsabilidades patrimoniales y parentales.
El proceso incluye múltiples dimensiones: división de bienes, alimentos, cuidado de los hijos, compensaciones y más. Comprender sus implicancias y ejercer los derechos que corresponden es fundamental para atravesarlo con justicia y equidad.
En todos los casos, contar con asesoramiento jurídico especializado es esencial para resguardar los intereses propios y los de la familia.